Cómo prepararse para su audiencia sobre el SSD: sepa qué esperar

Tabla de contenido
    SSD Hearing Prep

    Hola, mi nombre es Antonio Bruni, soy abogado de discapacidad del Seguro Social en Michles & Booth y quería hablar con usted hoy sobre su audiencia con el juez de derecho administrativo. Ha solicitado la incapacidad, ha esperado dos años o más para comparecer ante el juez y ese día finalmente ha llegado.

    Quiero empezar por advertirle si la Administración del Seguro Social le ha informado de que se acerca una audiencia y aún no ha contratado a un abogado especializado en Casos de discapacidad del Seguro Social, le recomiendo encarecidamente que obtenga uno. Esperar hasta justo antes de la audiencia impedirá que su abogado se prepare adecuadamente para la audiencia y podría ocasionar demoras innecesarias.

    Si llega a la audiencia y decide que quiere un abogado en ese momento, la mayoría de los jueces le darán permiso para encontrar uno y reprogramar la audiencia una vez que haya contratado a un abogado, así que no piense que solo porque ha llegado al día de la audiencia y aún no tiene un abogado es que va a tener que ir solo.

    SSD Hearing Prep

    La audiencia es formal, pero informal.

    Para empezar, siempre le digo a la gente: «Su audiencia del Seguro Social es tanto formal como informal». Lo que quiero decir con esto es que usted prestará juramento en la audiencia, por lo que es formal, ya que se aplicarán las reglas del perjurio. Cuando digo que es informal, lo que quiero decir y lo que digo a la gente es: «Se trata de una conversación, no de un interrogatorio». Es su oportunidad de hablar con el juez de derecho administrativo del Seguro Social sobre su afección, cómo le afecta en su vida diaria y por qué cree que le impide trabajar.

    La mayoría de los jueces del Seguro Social son muy compasivos, por lo que la audiencia del Seguro Social tiende a no ser conflictiva y más informal y conversacional. No hay un código de vestimenta formal, así que siéntete libre de vestirte cómodamente. Además, se le dará una hora para la audiencia; tendrá que llegar al menos 30 minutos antes de la hora de la audiencia en caso de que el juez quiera comenzar la audiencia antes de tiempo.

    Temas que se discutirán en la audiencia

    Tu currículum

    En la mayoría de las audiencias del Seguro Social, específicamente en el distrito de Mobile, que cubre la parte baja de Alabama y los tres primeros condados de Florida, los jueces del Seguro Social interrogarán su reclamación. Por lo general, comienzan con lo que yo llamo su currículum. Esa es su edad, educación e historial laboral.

    Querrán confirmar tu fecha de nacimiento. Querrán saber qué tan lejos llegaste en la escuela. ¿Te graduaste del instituto? ¿Solo fuiste al undécimo grado? ¿Cuál fue el último grado que terminaste? ¿Obtuviste tu GED? ¿Recibiste algún tipo de formación profesional o certificación después del instituto que te prepararía para otro tipo de trabajo?

    Querrán saber cosas como las certificaciones. ¿Tienes una licencia de conducir comercial? ¿Tienes un certificado de soldador? ¿Tiene un certificado de la CNA? El tipo de cosas que te prepararían para otro trabajo.

    Y luego está tu historial laboral. El juez le preguntará acerca de sus últimos 15 años de empleo. Se preocuparán principalmente por los trabajos que haya realizado a tiempo completo durante al menos un período de 90 días, aunque le harán preguntas sobre todos los trabajos que haya realizado durante los últimos 15 años.

    Por esta razón, no es mala idea elaborar un currículum vitae de los últimos 15 años de empleo que ha tenido para tener una idea de los trabajos por los que le pregunta el juez. Por lo general, solo quieren una descripción simple de lo que hizo en el trabajo, cuánto tiempo lo hizo y cuánto dinero ganó.

    Si tiene empleo después de la fecha de su solicitud, es posible que quieran los registros de nómina o los formularios W-2 de ese empleador para poder confirmar que no ganaba más de lo permitido por el Seguro Social durante el período para el que solicita los beneficios por discapacidad.

    Afecciones médicas

    Después de confirmar su historial educativo y laboral, por lo general, el juez analizará las condiciones médicas que considera que le impiden trabajar. Por lo general, esto se hace mediante una pregunta general abierta, como: «¿Por qué crees que no puedes seguir trabajando?» O más específicamente: «¿Qué afección médica cree que es la que le impide realizar el tipo de trabajo que solía hacer?»

    De cualquier manera, es mejor estar preparado con una respuesta breve a esa pregunta sobre qué afecciones médicas considera más graves y qué es lo que le impide trabajar. Si quieres crear una lista de tus afecciones médicas para no olvidarte de ninguna, no es mala idea, pero te puedo asegurar que el juez tendrá en cuenta cualquier afección médica que se mencione con regularidad en tu historial médico.

    No tiene que preocuparse por no mencionar algo ni por que no aparezca en su orden de discapacidad porque no lo mencionó en la audiencia, siempre y cuando haya un tratamiento médico de rutina; si ha ido al médico por ello, el juez lo tendrá en cuenta. En realidad, esta es solo la oportunidad que tiene el juez de limitar lo que está considerando y lo que le impide trabajar. Muchas personas tienen varias afecciones médicas, y el juez solo quiere reducirlas para poder limitar el interrogatorio a una, dos o tres de las principales afecciones que le impiden trabajar.

    Actividades de la vida diaria

    Una vez que el juez tiene una idea de las afecciones médicas que usted considera más graves, por lo general pasa a lo que llamamos actividades de la vida diaria, y eso es exactamente lo que parece. Es lo que haces a diario. Aquí es donde entramos en lo que yo llamo mi método de «sí, pero», y es cuando el juez le pregunta qué puede hacer con regularidad, y no quiere decir: «No, no puedo hacer nada. No sé cocinar, no puedo limpiar, no puedo trabajar en el patio. No puedo hacer ningún recado, no tengo ningún pasatiempo. ¡Ay de mí! Estoy tumbado en el sofá todo el día con una Biblia y un orinal. No puedo hacer nada».

    Eso no ayuda a nuestro caso, y a los jueces realmente no les gusta. Lo que necesitamos explicarle al juez es: «Sí, puedo hacer las cosas que me están preguntando, pero este es el problema que tengo al realizar esa actividad», y ahí es donde entra en juego «Sí, pero».

    Les digo a todos los que me preparo para la audiencia: «Todo esto de lo que estamos hablando hoy les estoy dando mucha información. Salgan de aquí recordando estas dos palabras: «Sí, pero». Si lo recuerda y le dice la verdad al juez, no exagere ni oculte información; si le dice la verdad al juez y dice: «Sí, pero», estamos en buena forma en esta audiencia».

    SSD Hearing Prep

    Lo que el juez normalmente hace en este paso de las «actividades de la vida diaria» es hablar con usted sobre lo que suena exactamente: ¿qué estamos haciendo todo el día? Cuando te levantas, ¿lees el periódico de la mañana? ¿Ves los programas matutinos? Te preguntarán sobre las redes sociales: ¿tienes Facebook? ¿Te comunicas con amigos y familiares a través de Twitter? ¿Por correo electrónico?

    ¿Haces alguna tarea en la casa? ¿Te preparas el desayuno, te preparas el café? ¿Lavas los platos? ¿Barres, quitas el polvo, fregas? ¿Limpias la sala de estar? ¿Limpias los baños? ¿Lavas la ropa? ¿Haces las camas? ¿Haces alguna tarea afuera? ¿Siegas, desyerbas, borras? ¿Tienes un huerto que cuidas? ¿Tienes un jardín de flores en el que estás quitando las malas hierbas?

    ¿Haces algún recado? Y esta es una actividad normal tipo recado. ¿Vas al supermercado? ¿Vas al banco? ¿Vas a la compañía eléctrica para pagar tus cuentas? ¿Tienes amigos o familiares a los que acudes a sus citas con el médico? ¿Tienes una mascota a la que cuidas? ¿Tienes hijos, nietos o hijos de amigos a los que cuidas cuando salen de la escuela antes de que sus padres lleguen a casa a las cinco en punto? Solo una actividad normal de hacer recados.

    Entonces, por lo general, el juez termina con: «Hábleme de su vida social. ¿Qué tipo de pasatiempos tienes? ¿Cazas, pescas, coses? ¿Montas a caballo? ¿Cantas karaoke en los bares con amigos? ¿Cantas en el coro de la iglesia?» Y siempre termino diciendo «karaoke en bares con amigos y en el coro de la iglesia» por una razón, y es porque es en parte una pregunta capciosa, especialmente para las personas con problemas de salud mental.

    Pensarán que pueden decir: «Todo lo que hago siempre es ir a la iglesia, señoría, soy un buen cristiano. Voy a la iglesia cinco días a la semana y canto en el coro los miércoles y canto en el coro los domingos». La pregunta capciosa es lo que piensa el juez: si puedes ir a la iglesia cinco días a la semana más noches, entonces puedes ir a trabajar cinco días a la semana. Obviamente, su afección no le impide socializar, entonces, ¿por qué debería impedirle trabajar?

    Esa es la mentalidad en la que le digo a la gente que tienen que estar, es que estas preguntas no son las que el juez se entromete si su casa está sucia o no; es: «Si puedes limpiar tu casa, puedes limpiar la mía». Eso es un trabajo, es trabajo de empleada doméstica. «Si puedes prepararte el desayuno, y me encanta usar el desayuno como ejemplo; si puedes prepararte el desayuno para ti y tu familia, puedes prepararme el desayuno para mí y para mi familia en Waffle House». Acabas de admitir que puedes cocinar poco, y aquí es donde entra en juego el «Sí, pero».

    Con el ejemplo del desayuno, si el juez dice: «¿Puedes preparar el desayuno?» Usted dice: «Sí, pero debido a mi mala espalda, tengo que sacar una silla o un taburete de la mesa de la cocina para sentarme junto a la estufa porque no puedo estar de pie durante mucho tiempo, pero puedo prepararme el desayuno, señoría». O: «Sí, pero ahora preparo muchas de mis comidas en el microondas porque no puedo estar de pie durante mucho tiempo». O: «Hago muchos sándwiches de jamón o sándwiches de mantequilla de maní y mermelada porque es más fácil y puedo hacerlos en intervalos más cortos sin tener que hacer descansos, en lugar de ponerme de pie y preparar tocino y huevos en una estufa durante 45 minutos».

    Es lo mismo con todo lo que le diga el juez. Si el juez pregunta: «¿Puede limpiar su casa?» Si simplemente dice «Sí», él dirá: «Genial. Holiday Inn está contratando, puedes trabajar de limpieza en Holiday Inn». Pero si dices: «Sí, pero tengo que limpiar durante cinco minutos, luego me siento cinco minutos, luego limpio cinco minutos y luego me siento cinco minutos», le digo a la gente la verdad. Si tienes que tomarte un descanso cada cinco minutos, no significa que no puedas limpiar tu casa, sino: «Sí, puedo limpiar la mía, pero necesito descansos».

    Volviendo a eso, cuando digo la verdad, si no tiene problemas para limpiar su casa, dígale al juez que no tiene problemas para limpiar su casa. Tal vez esa no sea la razón por la que estamos discapacitados, sino por una limitación física que nos impide hacerlo.

    Todo se remonta a decir la verdad, no sientas la necesidad de exagerar; el «¡Ay de mí!, no puedo hacer nada. No sé cocinar, no puedo limpiar, no puedo trabajar en el jardín». Dígale al juez si puede hacerlo y qué problemas tiene para hacerlo. Simplemente expóngaselo al juez. Yo lo llamo mi método del «sí, pero» y te lo diré como le digo a todos los demás: si al escuchar esto solo obtienes dos cosas, son «sí» y «pero».

    Los innombrables

    Lo siguiente de lo que el juez habla a menudo es de lo que yo llamo lo innombrable. Si hay algo que aparezca en su historial médico que pueda interpretarse de manera negativa o contribuir a su discapacidad, algo de lo que quizás no se sienta orgulloso, aún tenemos que hablar con el juez al respecto, y específicamente de lo que estoy hablando es de que ocurre todo el tiempo, son problemas relacionados con las drogas y el alcohol.

    Si ha tenido un problema con las drogas y el alcohol, es probable que el juez lo sepa y le preguntará al respecto en la audiencia. Vuelvo enseguida a decirle la verdad al juez. Si tiene un problema con las drogas y el alcohol, dígale que tiene un problema, o dígale que tiene un problema con las drogas y el alcohol. Si has ido a terapia para tratarlo, házselo saber. Si ha dejado de consumirla, definitivamente hágaselo saber al juez.

    Si hubo un lapso temporal debido a la muerte de un familiar o por alguna otra razón y usted ha regresado y no ha vuelto a consumir drogas, hágaselo saber, pero explíqueselo al juez y no lo oculte. Si le miente al juez y le dice que nunca ha tenido problemas con las drogas y el alcohol, y eso está disperso en su historial médico, incluso si tiene antecedentes de abuso de drogas y alcohol, ha perdido su credibilidad y el juez no va a creer nada más de lo que le diga, así que dígale al juez la verdad al respecto.

    También hay problemas con los antecedentes penales. A menos que esté encarcelado activamente, eso no tendrá un efecto negativo en su reclamación. Admítelo, cuéntale al juez lo que pasó y procederemos de inmediato, pero no ocultes información porque te avergüence o no la consideres relevante. Si el juez le pregunta al respecto, tiene que decir la verdad.

    Sus limitaciones

    En este punto, la audiencia pasa al experto vocacional. El experto vocacional es un especialista en recursos humanos. Es la persona que sabe, toma su currículum del que hablamos al principio de la audiencia y le dice, basándose en las limitaciones que el juez le vaya a asignar, si puede o no dedicarse a su trabajo anterior o a cualquier otro trabajo.

    Este es el punto en el que, en realidad, solo eres un espectador. Su abogado debería estar trabajando en este momento, haciendo preguntas al experto vocacional y haciendo un seguimiento de las preguntas que el juez le haga al experto vocacional. El experto vocacional identificará su trabajo anterior, le indicará todos los trabajos que haya realizado en los últimos 15 años, le dirá al juez cuál es el código del diccionario de títulos ocupacionales y se sorprenderá de que Egg Washer tiene un código.

    El gobierno ha dado un código a cada trabajo en los Estados Unidos, así que le dan el código y luego dicen que la Preparación Vocacional Específica, el SVP. En realidad, es simplemente: «¿Cuánto tiempo se tarda en aprender a hacer ese trabajo?» Un SVP más bajo significa que solo se necesitan unos días para aprender, mientras que un SVP más alto puede tardar 10 o más años en aprender ese tipo de trabajo.

    Identificarán su trabajo anterior, el juez dará hipótesis o, a veces, le pedirán a su abogado que dé las hipótesis, por lo que realmente necesita un abogado en una de estas audiencias, y el juez o el abogado dirán: «Bueno, supongamos que estas son las limitaciones». Hipotética número uno: asuma estas limitaciones. «¿Puedes hacer alguno de estos trabajos anteriores? ¿Puedes hacer algún otro trabajo?»

    Hipotético número dos, y darán un conjunto diferente de limitaciones. «¿Y si estas son las limitaciones? ¿Puedes hacer algo de este trabajo anterior, puedes hacer algún otro trabajo?» Por lo general, el juez dará uno, dos o tres; su abogado hará un seguimiento y le dará dos o tres si es necesario, y el juez dirá: «Muchas gracias. ¿Algo más? Te haré un pedido lo antes posible».

    Esperando una decisión.

    Ahí es cuando llegamos al juego de la espera. En ese momento, normalmente se necesitan unos meses, de seis a ocho semanas, para obtener una notificación formal de decisión por escrito, y esa notificación de decisión explica que resumirá todo su historial médico, resumirá todos los testimonios de la audiencia; el juez hablará sobre el testimonio del experto vocacional y, básicamente, lo que el juez está haciendo es elegir cuál de esas hipótesis cree que es más coherente con el historial médico en su conjunto con su testimonio, y con las opiniones de los médicos.

    Si esa hipótesis no tuviera trabajo disponible, así es como usted gana su reclamación del Seguro Social. Si había trabajo disponible, así es como pierdes una reclamación del Seguro Social. Como dije, normalmente se necesitan seis u ocho semanas para obtener esa respuesta.

    Una vez que lo reciba, será una notificación de decisión totalmente favorable, lo que significa que obtuvo todo lo que estaba pidiendo. La notificación de decisión parcialmente favorable significa que obtuvo parte de lo que estaba pidiendo, pero no todo. La notificación de decisión desfavorable significa que no recibió nada de lo que estaba pidiendo.

    Cualquiera de ellas puede ser apelada; debe hablar con su abogado al respecto si no está satisfecho con la respuesta, sin importar cuál de las tres sea, y continuar con lo que sería el siguiente paso del proceso después de la audiencia si lo necesita, y eso es apelar ante el Consejo de Apelaciones.

    Si tiene alguna otra pregunta, llámeme. Siempre estoy disponible para una consulta gratuita y espero tener noticias suyas pronto y mucha suerte.

    ¿Prefieres escuchar que leer?

    Haga clic para reproducir el vídeo de abajo o verlo en YouTube aquí.

    ¡Programe una consulta gratuita con nuestros abogados hoy mismo!

    obtenga una consulta gratuita
    Available 24/7
    (850) 438-4848
    10:52